Guía sobre la separación matrimonial con hijos

Separación matrimonial con hijos

La separación es una vía por la que pueden optar aquellas parejas que desean dejar de convivir, pero no disolver su matrimonio definitivamente. En este post vamos a tratar concretamente los principales aspectos sobre la separación matrimonial con hijos.

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¿Es habitual separarse hoy en día?

En la actualidad, la separación matrimonial es una figura legal que está prácticamente en desuso. La mayor parte de los matrimonios que deciden romper su relación de pareja optan por el divorcio, poniendo fin así de manera definitiva a su vínculo matrimonial.

No obstante, la separación sigue siendo una opción. Además, es una buena solución entre parejas que están pasando una crisis importante y por ello desean vivir separadas, pero no tienen totalmente claro que quieran terminar su relación.

Para casos como estos, la separación es una solución adecuada, ya que es necesario regular ciertos aspectos que van a regir la relación de los cónyuges por el momento. Algo especialmente importante cuando se tienen hijos en común.

¿Qué diferencias existen entre la separación y el divorcio?

La principal diferencia es que el divorcio pone fin definitivamente a la relación matrimonial, mientras que la separación no disuelve el vínculo sino que supone la interrupción de la relación matrimonial y de la convivencia de los cónyuges.

Así pues, los cónyuges que se han divorciado pueden volver a casarse con otras personas, e incluso entre ellos en caso de reconciliación. En cambio los cónyuges separados no pueden casarse de nuevo ya que todavía están casados, y si se reconcilian, solo tienen que comunicarlo en el Juzgado para dejar sin efecto la separación.

Por otro lado debemos destacar que no existe diferencia entre la separación y el divorcio en lo que a los hijos se refiere. Tanto en un caso como en el otro, habrá que acordar cuál de los cónyuges va a tener su guarda o custodia (o si tendrán la custodia compartida), y si alguno de ellos tendrá que pasar una pensión de alimentos a los hijos.

¿Cuál es el procedimiento para separarse teniendo hijos?

A la hora de separarse, se pueden seguir dos procedimientos, tanto si se tienen hijos en común como en caso contrario:

Separarse de mutuo acuerdo

Cuando los cónyuges se separan de mutuo acuerdo, presentan ambos la demanda, o bien uno de ellos con el consentimiento del otro. Dicha demanda contiene una propuesta de convenio regulador que contiene las medidas que los cónyuges desean que rijan en su separación. Es decir, la atribución de la guarda y custodia de los hijos, si se va a establecer una pensión de alimentos en favor de estos, el uso de la vivienda familiar, etc.

El Juez tiene que aprobar esa propuesta, que será supervisada por el Ministerio Fiscal en caso de haber hijos. Y una vez aprobada la propuesta de convenio, comienzan a aplicarse las medidas adoptadas en el mismo.

En la separación de mutuo acuerdo no hay juicio, ya que las partes están de acuerdo en las medidas que quieren que se apliquen a su separación. Por ello, además, pueden compartir abogado y procurador a la hora de presentar la demanda.

Separarse de forma contenciosa

Cuando no es posible que los cónyuges acuerden los términos de su separación, esta se tiene que producir de forma contenciosa. En este caso, uno de los dos cónyuges presenta la demanda de separación, que el otro debe contestar en un plazo de 20 días hábiles.

Si el cónyuge demandado quiere proponer sus propias medidas en la contestación a la demanda (es decir, reconvenir), tiene un plazo de 10 días para hacerlo, siempre que sean cuestiones sobre las cuales no tenga que pronunciarse de oficio el Juez, o bien si se trata de causas que darían lugar a la nulidad del matrimonio, o si el cónyuge demandado quiere el divorcio en lugar de la separación.

Se celebrará una vista a la que tienen que acudir los cónyuges con sus abogados, para que se practique la prueba (las pruebas que no puedan practicarse en el juicio se harán en los 30 días siguientes).

En caso de que los hijos tengan ya la edad de 12 años o más, se les oirá si se estima conveniente de oficio, o si lo solicita el Ministerio Fiscal, las partes, miembros del equipo técnico judicial o los mismos hijos. También existe la posibilidad de que se les escuche a una edad más temprana.

Finalmente, el Juez resolverá mediante una sentencia que se podrá recurrir en un plazo de 20 días desde su notificación.

Debemos destacar que en el caso de la separación contenciosa, los cónyuges suelen tener su propio abogado y procurador, al tener intereses distintos.

¿Qué diferencia hay en la separación con hijos menores de edad o mayores de edad?

Cuando en la separación hay hijos en común menores de edad, hay que determinar siempre quién tendrá su guarda y custodia, el régimen de estancia y visitas en su caso, y si uno de los progenitores tendrá que pagarles una pensión de alimentos.

En cambio, cuando hay hijos mayores de edad, no se determina un régimen de guarda y custodia, ya que los hijos no se encuentran ya sujetos a patria potestad. Por lo tanto, tampoco se establece un régimen de estancia y visitas.

Ahora bien, sí se puede establecer una pensión de alimentos a favor de los hijos aunque estos sean mayores de edad. Esto se hace cuando dichos hijos no han alcanzado aún la independencia económica, por causas no imputables a ellos.

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