El régimen económico matrimonial de participación es el régimen en el que cada uno de los cónyuges adquiere el derecho de participar en las ganancias obtenidas por el otro, durante el tiempo en que el mencionado régimen haya estado vigente.
En este sentido, la ley también establece que a cada uno de los cónyuges les corresponde el disfrute, la administración y la libre disposición de los bienes que le pertenecían antes de contraer matrimonio, así como también los generados o adquiridos después del matrimonio.