La legislación catalana prevé un régimen económico de comunidad de bienes equivalente al régimen de gananciales que establece el Código Civil común, y por el que se crea un patrimonio común de los cónyuges con las ganancias obtenidas por cualquiera de ellos.
A continuación, vamos a ver en qué consiste y cómo se regula el régimen de gananciales en el Código Civil catalán.









