Contestación a la demanda de divorcio

Contestación a demanda de divorcio

La contestación a la demanda de divorcio es el acto procesal que realiza el cónyuge demandado para oponerse a las pretensiones del cónyuge demandante.

Por tanto, el cónyuge que presenta la demanda se llama demandante y el otro demandado.

La finalidad de la contestación a la demanda de divorcio es que la sentencia dictada por el Juez estime las pretensiones del demandado, rechazando las del demandante.

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¿Es necesario contestar a todas las demandas de divorcio?

Para responder a esta pregunta, comenzamos explicando los dos tipos de demanda de divorcio y en cuál de ellos se requiere la contestación a la demanda.

Divorcio de mutuo acuerdo

Esta forma de divorcio es la más aconsejable, tanto por cuestiones familiares, como económicas y de tiempo.

Si los cónyuges alcanzan un acuerdo sobre los criterios que van a regir el matrimonio, tras el divorcio, el procedimiento de divorcio será amistoso.

En ese caso, los cónyuges podrán presentar demanda de divorcio de mutuo acuerdo de forma conjunta, o bien, presentarla uno con el consentimiento del otro.

A la demanda se acompañará el convenio regulador en el que se pacta por los cónyuges los efectos del divorcio.

Al existir acuerdo, en el procedimiento judicial de divorcio de mutuo acuerdo no habrá trámite de contestación de demanda de divorcio.

Divorcio contencioso

Si no es posible adoptar ese acuerdo, la vía que queda es la demanda de divorcio contencioso. Cada uno de los cónyuges acudirá al procedimiento de divorcio por separado.

Una vez presentada la demanda de divorcio, el cónyuge demandado procederá a la contestación de la demanda. Por tanto, en materia de divorcio, sí habrá trámite de contestación a la demanda de divorcio contencioso.

El procedimiento de divorcio contencioso está regulado en el artículo 770 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Claves para la contestación de la demanda de divorcio

Estas son las 11 claves o recomendaciones que se deben seguir para una buena contestación de la demanda de divorcio:

  1. Leer detenidamente la demanda y valorar las cuestiones con las que no estás conforme.
  2. Recopilar todas las alegaciones y pruebas que puedan rebatir las pretensiones del cónyuge demandante.
  3. Insistir en un acuerdo amistoso con el cónyuge demandante que favorecerá a ambos y será también en beneficio de los hijos, si los hubiere.
  4. De no lograr el acuerdo, buscar un buen abogado en materia de divorcios y también, contactar con un procurador.
  5. La intervención de estos profesionales en los procesos de divorcio contencioso es obligatoria.
  6. Si no dispones de recursos para contratar un abogado y procurador, podrás solicitar abogado de oficio.
  7. Acordar una reunión con el abogado y llevar la demanda de divorcio y todos los documentos que la acompañen.
  8. Explicar al abogado, con claridad, cuál es tu situación y cuáles son tus pretensiones.
  9. Aportar toda la documentación con la que rebatir las alegaciones y pretensiones del cónyuge demandante.
  10. Preguntar al abogado todo lo que no se entienda con claridad. El abogado trabaja para ti y debe ayudarte a comprender los extremos del divorcio.
  11. Dejarte asesorar por tu abogado.

Plazo de contestación a la demanda de divorcio contencioso

Las demandas en los procedimientos de divorcio contencioso se sustanciarán por los trámites del juicio verbal:

  • Presentada la demanda de divorcio por el cónyuge demandante, el Juez decidirá sobre la admisión a trámite de la demanda.
  • Admitida a trámite, se dará traslado de la demanda al cónyuge demandado junto con los documentos acompañados.
  • El cónyuge demandado tendrá un plazo de 20 días hábiles para presentar escrito de contestación a la demanda. Este plazo se contará desde el día siguiente al día de la notificación de la demanda. Decimos que es un plazo de 20 días hábiles, por lo que se descontarán los sábados, domingos y festivos.
  • De haber hijos menores de edad o incapacitados, también se dará traslado de la demanda al Ministerio Fiscal.

Opciones del cónyuge demandado ante una demanda de divorcio contencioso

Las 4 opciones que tiene el cónyuge demandado ante una demanda de divorcio contencioso son las siguientes:

1. No contestar a la demanda, ni personarse en el proceso (rebeldía)

Una de las posibilidades es no contestar a la demanda y no personarse en el procedimiento. En este caso, tendrá lugar la declaración de rebeldía.

En los procedimientos matrimoniales la falta de comparecencia del cónyuge demandado sin causa justificada, implica que admite los hechos alegados en el escrito de demanda.

Por lo tanto, esta opción nunca es recomendable dado que implicará la automática aceptación de todas las demandas del otro cónyuge.

2. Personarse en el proceso y no contestar

El cónyuge demandado puede decidir personarse en el proceso, pero no contesta el escrito de demanda.

Es conveniente, al menos, personarse en el proceso de divorcio contencioso. La personación en el procedimiento requiere de abogado y procurador.

La finalidad de la personación, aunque no se conteste la demanda, es conocer las medidas que el Juez va a establecer sobre los bienes, los hijos, el uso de la vivienda familiar, etc.

3. Allanarse a la demanda

Esto significa que el cónyuge demandado admite las pretensiones del cónyuge demandante.

El allanamiento puede ser:

  • Allanamiento total, si el demandado acepta todas las pretensiones del demandante. El demandado tendrá que personarse, con abogado y procurador, y presentar escrito de allanamiento.
  • Allanamiento parcial, si el demandado se conforma con algunas pretensiones pero se opone al resto. El demandado tendrá que personarse con abogado y procurador. Deberá presentar escrito allanándose parcialmente a unas pretensiones y contestar y oponerse a otras. Por ejemplo, se podrá allanar en cuanto al régimen de visitas de los hijos y oponerse a las medidas sobre pensiones de alimentos.

4. Contestar a la demanda

El cónyuge demandado se persona en el procedimiento y contesta el escrito de demanda.

En la contestación de la demanda para oponerse, el demandado tiene las siguientes opciones:

  • Lo normal es oponerse a todas las pretensiones del demandante.
  • También podrá manifestar en la contestación su allanamiento a alguna o algunas de las pretensiones del cónyuge demandante y oponerse al resto (allanamiento parcial).
  • Puede oponerse a los fundamentos de derechos (elementos jurídicos de la demanda) y aceptar los hechos fácticos. En este caso, no será preciso practicar prueba alguna.
  • Alegar excepciones procesales y demás alegaciones que dificulten la terminación del proceso mediante sentencia sobre el fondo.
  • Reconvenir. El cónyuge demandado al contestar la demanda, podrá formular demanda reconvencional contra el cónyuge demandante. Es decir, no se limita a oponerse a las pretensiones del demandante, sino que también solicita sus propias pretensiones. Para que pueda haber reconvención se exige:
    • Que las medidas solicitadas en la reconvención no se hayan solicitado en la demanda. Por ejemplo, el cónyuge demandado podrá solicitar una pensión compensatoria a su favor.
    • Que el Juez no tenga obligación de pronunciarse de oficio sobre ellas. Por ejemplo, no podrá haber reconvención sobre medidas que afecten a los hijos menores. En caso de reconvención, el cónyuge demandante reconvenido tendrá un plazo de 10 días para contestar.

¿Puede el procedimiento contencioso de divorcio convertirse en procedimiento de mutuo acuerdo?

Sí. En cualquier momento, los cónyuges podrán solicitar al Juez que continúe el proceso por los trámites del procedimiento de mutuo acuerdo.

Será obligatorio, para ello, aportar una propuesta de convenio regulador.

Asimismo, las partes de común acuerdo podrán solicitar la suspensión del proceso para someterse a mediación.

Asesórate con un abogado de familia especialista

La demanda y contestación a la demanda de divorcio son dos trámites clave en el proceso de divorcio y con importantes consecuencias para el futuro.

Es siempre recomendable contar con el asesoramiento de un abogado verdaderamente especialista en derecho de familia y divorcios. De lo contrario se pueden cometer errores en el proceso o tomar decisiones perjudiciales que supongan perjuicios para el futuro.

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